A grandes rasgos, quedan prohibidos los accesos en todo el distrito a los vehículos que porten la clasificación ambiental A (es decir, vehículos no calificados con el distintivo de la DGT al funcionar con motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000). Por otro lado, continua la prohibición de atravesar la zona a los vehículos con clasificación ambiental B y C, pero podrán acceder si aparcan en un aparcamiento de uso público o privado.
Paralelamente comenzará la fase de advertencia en la que durante dos meses, el control telemático de cámaras estará operativo con las adaptaciones introducidas por la OMS, fundamentalmente el desarrollo y las pruebas para su total funcionamiento.
Con la entrada de esta nueva ley el acceso no permitido a la Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro se califica como infracción leve, en virtud a los artículos 18 y 75.c), y podrá ser penalizado bajo las normas de los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con la cantidad de 90 euros, quedando en 45 euros en caso de pronto pago.
Además de las medidas principales, existen otras medidas para mejorar este plan: